Comunicado municipal:
La Dirección de Bromatología dependiente de la Secretaría de Producción de la Municipalidad de Arrecifes, comunica que:
Los transportistas y comerciantes de productos alimenticios de cualquier tipo (Carnes y subproductos, Lácteos y derivados, Ovoproductos, Panificados, Alimentos no perecederos, Bebidas, Golosinas, entre otros) tienen la obligación de contar con sus habilitaciones correspondientes – de comercio y transporte según corresponda – como así también con la documentación respaldatoria que acredite la procedencia de la mercadería comercializada y/o procesada.
Todos los comerciantes y transportistas de alimentos, deben contar con la documentación respaldatoria sobre rótulos, acreditación de origen y sellados de inspección bromatológico según ordenanza 369/87 de los productos comercializados, y las materias primas utilizadas para la elaboración de alimentos.
Los chacinados y embutidos deben contar con sus rótulos de origen provenientes de establecimientos habilitados, estando prohibida su elaboración en carnicerías.
Las carnicerías deben reservar las partes selladas de las reses con el sello de inspección sanitaria y expender la carne picada procesada en presencia del interesado.
Los productos alimenticios que no reúnan las condiciones adecuadas durante su Transporte, Elaboración, Procesamiento, Comercialización y Venta serán automáticamente decomisados estando los comercios y vehículos sujetos a multas, clausuras y secuestros.