El gobernador Daniel Scioli firmó el decreto Nº 114 que formaliza la convocatoria a elecciones primarias, abiertas y simultáneas para el 9 de agosto y las elecciones generales para el 25 de octubre, como parte del cronograma electoral provincial estipulado.
Al respecto, el jefe de Gabinete provincial, Alberto Pérez, sostuvo que “a través de este decreto la Provincia formaliza la simultaneidad con las elecciones nacionales primarias y adherimos a la Ley Nacional Electoral en temas de campañas electorales y de publicidad audiovisual, dando inicio al cronograma electoral provincial para este año”.
“La adhesión al régimen de la Ley 15.262 implica el uso del padrón confeccionado en base al Registro Nacional de Electores; las mismas mesas de votación y autoridades; la realización del escrutinio corresponde a las autoridades nacionales, así como también todo lo relacionado con la aprobación de los modelos de boleta”, explicó el subsecretario de Gabinete, Juan Pablo Álvarez Echagüe.
De esta manera, el Padrón Electoral Provisorio será publicado por la Cámara Nacional Electoral el 8 de mayo y desde ese momento se recibirán reclamos de los ciudadanos para modificar cualquier dato incorrecto que figure hasta el 23 de mayo.
Desde la Jefatura de Gabinete informaron además que se podrá votar con todos los DNI (los verdes, celestes, libretas y DNI tarjetas). Es decir que todos están vigentes, siempre que estén legibles y en buen estado. Sin embargo, cabe recordar que sólo se puede votar con el DNI que figura en el padrón o con un ejemplar posterior pero no con uno anterior.
Además, tal como se realizó en el Proceso Electoral del año 2013, todos los jóvenes a partir de los 16 años pueden ejercer sus derechos en el ámbito de la provincia de Buenos Aires. Podrán votar quienes que cumplan 16 años hasta el 25 de octubre inclusive, siempre que se encuentren inscriptos en el padrón electoral. Para eso, tienen que realizar hasta el 28 de abril su trámite de renovación del documento nacional de identidad y quedar así empadronados automáticamente.
Por otra parte, los residentes extranjeros mayores de 18 años en la provincia de Buenos Aires, inscriptos en el padrón electoral que oportunamente publicará la Junta Electoral de la Provincia, tienen el deber y el derecho de votar en las próximas elecciones para todos los cargos provinciales y municipales. El sufragio para los residentes extranjeros es obligatorio por ley. Además, los extranjeros pueden presentarse como candidatos para concejales siempre que cumplan con requisitos como el de poseer 25 años o más, saber leer y escribir, y tener cinco años de residencia.