Este martes 30 de diciembre a las 20;00, el Concejo Deliberante celebrará una Asamblea de Concejales y Mayores Contribuyentes para tratar la ordenanza preparatoria Fiscal e Impositiva que determina las tasas y contribuciones municipales para el 2026.
El pasado 17 de diciembre los concejales aprobaron por mayoría la única propuesta tratada en el Recinto, elaborada por segundo año consecutivo por el edil Sebastián Reigosa, reduciendo aproximadamente a la mitad el proyecto presentado por el Departamento Ejecutivo Municipal, que planteaba un impuestazo que generó el rechazo de los distintos sectores de la sociedad e instituciones.
La alternativa del concejal de Hechos recibió ocho votos a favor y la abstención de los seis integrantes del bloque Fuerza Patria. También, por segundo año consecutivo, los representantes de la gestión de Fernando Bouvier en el Concejo no aprobaron su propio proyecto.
QUÉ INTERVENCIÓN TIENEN LOS MAYORES CONTRIBUYENTES
Los mayores contribuyentes son vecinos que cumplen con el pago de cualquier tasa municipal (no importa el monto) y se inscriben o son convocados para formar parte de una asamblea especial junto a los concejales para decidir sobre la creación o aumento de tributos locales. Integran esta asamblea en el mismo número de la cantidad de concejales; en el caso de Arrecifes, catorce.
- Voto Vinculante: Tienen voz y voto en igualdad de condiciones que los concejales para aprobar o rechazar la “Ordenanza Preparatoria” (el anteproyecto fiscal).
- Aprobación de Tributos: Son el órgano indispensable para validar cualquier ordenanza que establezca impuestos, tasas o contribuciones, así como para autorizar empréstitos (deuda pública).
- Quórum y Mayoría: Para que la Asamblea sea válida, debe constituirse con un número de miembros que sume mayoría absoluta (la mitad más uno del total de concejales y mayores contribuyentes habilitados).
- Debate y Votación: La discusión se rige por el reglamento interno del Concejo. La votación es nominal (se registra el nombre y el sentido del voto de cada integrante).
- Redacción del Acta: La asamblea designa a un concejal y a un mayor contribuyente para redactar y firmar el acta de la sesión, requisito necesario para su aprobación definitiva.
¿SE PUEDE MODIFICAR LO YA APROBADO POR LOS CONCEJALES?
Si bien la Fiscal e Impositiva 2026 ya recibió la aprobación del Concejo Deliberante en mayoría, esto no significa que quede definitivamente sancionada.
En la Asamblea de Concejales y Mayores Contribuyentes se puede aprobar la Ordenanza Fiscal e Impositiva en general y, al mismo tiempo, rechazar o modificar artículos en particular.
Votación en General: Se vota la estructura y el espíritu del proyecto de ordenanza en su totalidad.
Votación en Particular: Una vez aprobada en general, la Asamblea procede a votar artículo por artículo o por capítulos. En esta instancia, los miembros pueden votar por la afirmativa o negativa sobre puntos específicos (como el valor de una tasa determinada o una exención particular).
Marco Reglamentario: Según el Art. 102 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, las discusiones en estas asambleas se rigen por el Reglamento Interno del Concejo Deliberante. Estos reglamentos siempre prevén la posibilidad de división del articulado para su tratamiento.
Voto Nominal: La votación debe ser nominal, registrándose en el acta quiénes votan a favor y quiénes en contra de cada punto, en caso de no existir unanimidad.
Limitaciones en las modificaciones: Aunque la Asamblea tiene la potestad de aprobar o rechazar lo que envió el Concejo (Ordenanza Preparatoria), la Asamblea no debería introducir cambios profundos o nuevos tributos que no estuvieran en la preparatoria, sino limitarse a sancionar lo previamente discutido por los concejales.
Consecuencia de rechazos parciales: Si se rechazan artículos clave de la Ordenanza Impositiva (los que fijan los valores), la Ordenanza Fiscal (la que define los hechos imponibles) podría quedar vigente pero ser inaplicable en la práctica para esos rubros específicos.
En resumen, la Asamblea tiene plena facultad para desglosar el proyecto y decidir sobre cada artículo de forma independiente tras la aprobación general.








