El fiscal asegura que “Braña desistió voluntariamente de la conducta que venía llevando a cabo”.
En la mañana de este jueves, el concejal Javier Braña ofreció una conferencia de prensa en el recinto del Concejo Deliberante para confirmar que la Justicia de San Nicolás lo absolvió de cualquier responsabilidad en la denuncia de la firma Hyght Chemical que lo involucraba.
Braña calificó la causa de “una mentira para perjudicarme políticamente”, y aseguró que iniciará acciones judiciales por calumnias e injurias contra los hermanos Trias, denunciantes, y “contra algún miembro de este Concejo Deliberante”. Y solicitó que “me pidan disculpas públicamente, por todos los medios en que me ensuciaron”.
LA RESOLUCIÓN DEL FISCAL
El fiscal Dr. Rubén Darío Giagnorio, titular de la UFI 6 de San Nicolás, que investigaba el hecho, resolvió desestimar la denuncia por una particularidad: “De las grabaciones de conversaciones realizadas surge que el 24 de febrero de 2022 hubo un desestimiento voluntario de la conducta llevada a cabo por Braña, cuando señala ‘…mantengamos el precio original…’ y en virtud de los expuesto por el artículo 43 que lo exime de pena”, dice textualmente la resolución oficial.
¿Qué establece el artículo 43 del Código Penal? Lo siguiente: “El autor de tentativa no estará sujeto a pena cuando desistiere voluntariamente del delito”.
El término desistir, según la RAE, significa “renunciar [una persona] a algo que había empezado o a un plan o proyecto que tenía”.
De acuerdo a lo expuesto, el fiscal Giagnorio consideró que el entonces secretario de Producción y Empleo de la Municipalidad “renunció voluntariamente a lo que había empezado” (“desistió voluntariamente” de la conducta que estaba llevando a cabo”) y por ello no está sujeto a pena.
En consecuencia, resolvió desestimar la denuncia y ordenar el inmediato archivo de la misma.