Informe de la Secretaría de Seguridad de Arrecifes:
En un operativo realizado en la jornada de ayer, personal del Comando de Prevención Rural de Arrecifes actuó tras un llamado telefónico alertando sobre la caza ilegal de fauna silvestre en un campo del paraje El Nacional. El denunciante, un hombre de 53 años, informó la presencia de dos individuos que, acompañados por cinco perros (cuatro de raza galgo y uno mestizo), estaban realizando actividades de caza sin contar con la licencia correspondiente ni el permiso del propietario del terreno.
Acto seguido, los efectivos constataron la situación y, bajo la dirección del magistrado interviniente, se procedió a la aprehensión de los mencionados. Ambos imputados, un joven de 19 años y otro de 27, quedaron detenidos por la infracción a la Ley 22.421, de Conservación de la Fauna. Tras ser notificados de sus derechos conforme al Código Procesal Penal, se dispuso su libertad en virtud del artículo 161 del mismo cuerpo normativo.
Otro hecho de similares características ocurrió el 16 de agosto, personal del CPR respondió a un llamado del propietario de un campo en Cuartel XVII, quien alertó sobre la presencia de tres individuos realizando caza ilegal de fauna silvestre en su propiedad. El denunciante, un agricultor domiciliado en Paraíso La Delia, informó que los implicados estaban acompañados por siete perros galgos y carecían de la licencia correspondiente para llevar a cabo esta actividad, así como del permiso del propietario del terreno.
Al llegar al lugar, los efectivos encontraron a los tres hombres, todos de nacionalidad argentina y con instrucción. Los detenidos, de 35, 36 y 32 años, respectivamente, son oriundos de la localidad de San Pedro. Tras ser interiorizados de sus derechos conforme a la normativa vigente, se procedió a su aprehensión por infracción a la Ley 22.421, que rige la conservación de la fauna. Una vez cumplidos los requisitos legales, fueron notificados según lo dispuesto en el artículo 60 del Código Procesal Penal y posteriormente se dispuso su libertad conforme al artículo 161.








