Este sábado comenzó a regir la veda electoral, por lo que está prohibida la mención de todos los actos de gobierno, ya sean nacionales, provinciales o municipales. Esta medida rige para los 15 días previos a las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO).
La veda es establecida por el artículo 64 del Código Electoral Nacional, Ley 19945, modificado por Ley 26571, reglamenta que «queda prohibido durante los quince días anteriores a la fecha fijada para la celebración de las Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias, la realización de actos inaugurales de obras públicas, el lanzamiento o promoción de planes, proyectos o programas de alcance colectivo y, en general, la realización de cualquier acto de gobierno que pueda promover la captación del sufragio a favor de cualquiera de los candidatos a cargos públicos electivos».