Cada 26 de septiembre se celebra el Día del Empleado de Comercio, por lo cual la Cámara de Comercio e Industria de Arrecifes difundió una informacón del Centro de Empleados de Comercio al respecto:
Atento a lo ratificado por la Ley 26.541, que ha instituido el 26 de septiembre como el Día del Empleado de Comercio, la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios y las Cámaras Empresarias de Comercio han acordado, en uso de su autonomía colectiva, trasladar la conmemoración del Día del Empleado de Comercio al lunes 30 de septiembre del corriente año, para que ese día los trabajadores tengan su reconocimiento con todos los alcances de la Ley mencionada.
En cuanto a las remuneraciones se deben dar cumplimiento a las normas legales vigentes en materia laboral (LCT y concordantes) y con los alcances de la Ley 26.541, estableciéndose que el lunes en que se conmemorará el Día del Empleado de Comercio no se podrá otorgar como franco compensatorio de descanso semanal.
De acuerdo a este comunicado, los empleados de comercio no trabajarán el lunes 30 de septiembre. No obstante, los comercios que decidan abrir sus puertas podrán hacerlo con la atención de sus propietarios.