El Concejo Deliberante de Arrecifes, en su sesión del último miércoles, expuso la existencia de dos denuncias contra funcionarios municipales.
Primero se trató el pedido de aprobación de la adjudicación de la compra de productos estabilizadores iónicos para la obra de mejoramiento de caminos rurales. Para esta operación la Municipalidad cuenta con un presupuesto de $ 8.900.000 recibidos de la Provincia de Buenos Aires.
Al tratar este despacho que ya había sido aprobado en comisión, el concejal Sebastián Reigosa pidió que no se avale y vuelva a comisión por dos motivos:
“Luego de haber tratado el tema en comisión, se puso en contacto conmigo gente de una de las empresas que se presentó en la licitación, Hygt Chemical SRL, que fue excluida del proceso licitatorio con argumentos que no son claros. Es la que pasó el precio más bajo para la compra de estos productos: $ 4.896.688, casi la mitad del presupuesto oficial disponible. Arlaxx SRL pasó $ 5.309.500 y también fue impugnada por la Municipalidad. En consecuencia quedó una sola empresa oferente, Con Aid S.A., con el valor más caro: $ 6.970.000”, contó Reigosa.
Pero además aseguró: “Lo más grave es que me manifestaron que un funcionario les pidió una comisión del 15%, una coima o como quieran llamarlo. Como junto a esta aseveración me alcanzaron pruebas: chats, grabaciones, capturas de pantalla y demás, decidí hacer lo que corresponde: presentar la denuncia en la Justicia. Es mi obligación moral y legal como concejal”.
EL FRENTE DE TODOS SUMÓ OTRA DENUNCIA
Luego de las palabras del edil de Vamos con Vos, los concejales Jorge Eterovich y Daniel Bolinaga hicieron mención a otra denuncia existente, de la que manifestaron haber tomado conocimiento en los últimos días. Pero en este caso, la causa ya está avanzada.
“El denunciante es José Francisco Boeris, proveedor de servicios de obras de la Municipalidad, y están imputados el Intendente y el secretario Rubén Binimelis por los delitos de ‘incumplimiento de los deberes de funcionario público’ y ‘malversación de caudales públicos’. El fiscal a cargo es el Dr. Darío Giagnorio, de la UFI 13 de San Nicolás y el juez, el Dr. Ricardo Pratti, del Juzgado de Garantías Nº 2 de San Nicolás”, resumieron los concejales del Frente de Todos y pidieron la conformación de una comisión investigadora del Concejo Deliberante.
Argumentaron este pedido en “colaborar con la Justicia, que tiene otros tiempos y causas más graves e importantes a las que le dan prioridad. Los concejales no podemos seguir como si nada pasara porque podemos convertirnos en cómplices por omisión”.
¿CORRESPONDE LA COMISIÓN INVESTIGADORA?
El bloque oficialista de Juntos mostró la postura de “dejar que la Justicia investigue”; mientras que Reigosa planteó una posición intermedia: “Hay que esperar que los particulares damnificados ratifiquen la denuncia y las pruebas. Yo quiero ser lo más serio y responsable posible para que la causa no se caiga; no quiero hacer política con esto, quiero que se haga Justicia”.
Luego de un cuarto intermedio se acordó esperar a que los propietarios de la empresa denunciante vengan a ratificar la denuncia y que se reúnan con todos los concejales. Luego de ello, evaluar si corresponde conformar una comisión investigadora.
Por la causa de la licitación para la compra de estabilizadores iónicos, según la Ley Orgánica de las Municipalidades AÚN NO CORRESPONDE una comisión investigadora. El artículo 246 señala: “Los funcionarios o empleados a quienes se imputara la comisión de irregularidades graves serán preventivamente suspendidos y, si el caso lo exigiera, la autoridad municipal procederá en la forma indicada en el artículo 73 del Código de Procedimiento Penal de la Provincia”. Y por el momento en esta causa no hay ningún imputado.
Sí hay dos imputados en la causa expuesta por el Frente de Todos, cuya denuncia fue ratificada en diciembre de 2021. Aquí SÍ CORRESPONDERÍA.
COMISIÓN INVESTIGADORA SÓLO PARA EL INTENDENTE
El Concejo Deliberante no puede crear una comisión investigadora hacia un funcionario municipal. Ante la misma debe responder sólo el Intendente.
Así lo indica el artículo 249 de la Ley Orgánica:
Corresponderá al Concejo Deliberante juzgar al Intendente en los siguientes casos:
1.- Transgresiones diferentes a las previstas en el artículo anterior.
2.- Negligencias reiteradas que califiquen de grave la conducta en el ejercicio de sus funciones lesivas al interés patrimonial del municipio.
3.- Incapacidad física o mental sobreviniente.
A tal efecto designará una Comisión Investigadora integrada por Concejales con la aprobación de las dos terceras partes del total de sus miembros. La Comisión Investigadora deberá constituirse con no menos de una cuarta parte de los mismos y representación de todos los bloques reconocidos.
Tendrá como objeto reunir los antecedentes y elementos de prueba necesarios para la valoración de los hechos, que deberán ser precisamente definidos. Para ello tendrá un plazo de treinta (30) días.
Cumplidos los requisitos, el Intendente podrá efectuar descargos y aportar pruebas, a cuyo fin se le otorgará un plazo de diez (10) días.
Vencido este plazo, la Comisión deberá elevar al Concejo su informe en un plazo máximo de quince (15) días, para que en Sesión Especial califique la gravedad de los hechos.
Para disponer la suspensión preventiva deberá calificarse por decisión debidamente fundada la conducta juzgada, conforme lo dispuesto en los incisos 1), 2) y 3) del presente artículo, mediante el voto de las dos terceras partes del total de los miembros del Concejo.