El pasado 1 de julio, el histórico juez de Faltas de Arrecifes, Dr. Fabián Maseda dejó sus funciones por haberse jubilado. De acuerdo a lo que indica la Ley 10.269, su reemplazante debe ser designado por el Intendente y luego ser aprobado por el Concejo Deliberante con mayoría simple de votos (en el caso de Arrecifes, ocho concejales).
Hasta que se cumpla ese proceso, la misma ley provincial establece que el cargo debe ser ejercido por el intendente, pero en forma excepcional y transitoria.
Pasaron ya más de seis meses con Fernando Bouvier sin nombrar al reemplazante de Maseda y actuando él mismo como juez de Faltas. Esto significa que los distintos procedimientos que lleva adelante la Municipalidad de Arrecifes, bajo las órdenes del Intendente, luego son elevados para su resolución al Juzgado de Faltas, que conduce el mismo Intendente.
Así, por ejemplo, un comercio que es clausurado por inspectores municipales por no contar con los correspondientes requisitos de habilitación, puede ser “perdonado” por el mismo que decide esa clausura y le otorga “más plazo para cumplir con los trámites”. Lo mismo puede suceder con vehículos secuestrados y demás.
PEDIDO DE DEFINICIÓN
Ante esta situación que se extiende por más de medio año, el bloque de Fuerza Patria presentó un proyecto de resolución que será tratado este viernes en la segunda sesión extraordinaria de 2026 del Concejo Deliberante.
El mismo expresa:
VISTO:
La vacante producida en el cargo de Juez de Faltas Municipal a partir del 1º de julio de 2025, Y;
CONSIDERANDO:
Que desde la mencionada fecha, en la cual se jubiló el entonces juez en funciones Dr. Fabián Maseda, el cargo de Juez de Faltas se encuentra ejercido de hecho por el Intendente Municipal, Sr. Fernando Bouvier, situación que reviste carácter excepcional y transitorio;
Que el artículo 21 del Decreto-Ley 8751/77 (texto según Ley 10.269) establece expresamente que “los Jueces de Faltas serán designados por el Intendente Municipal, previo acuerdo del Concejo Deliberante, que será prestado por simple mayoría de votos de los miembros que integran dicho Cuerpo”, fijando un procedimiento claro, específico y obligatorio para la cobertura del cargo;
Que han ingresado al Honorable Concejo Deliberante diversas propuestas y antecedentes de postulantes para cubrir el cargo de Juez de Faltas, las cuales fueron oportunamente remitidas al Departamento Ejecutivo Municipal, conforme el procedimiento legal vigente;
Que la función del Juez de Faltas constituye un órgano cuasi jurisdiccional, cuya naturaleza exige independencia funcional, imparcialidad y separación respecto del Departamento Ejecutivo, a fin de garantizar el debido proceso, la legalidad de los actos administrativos sancionatorios y la seguridad jurídica de los vecinos;
Que la prolongación en el tiempo de una situación en la cual el Intendente Municipal ejerce simultáneamente funciones ejecutivas y de juzgamiento de faltas resulta institucionalmente inconveniente y contraria al espíritu del régimen legal vigente;
Que, habiendo transcurrido más de seis meses desde la vacancia del cargo, se torna necesario y urgente avanzar en la designación formal de un Juez de Faltas, conforme lo establece la normativa provincial y en resguardo del adecuado funcionamiento institucional del municipio;
Que es atribución de este Honorable Concejo Deliberante instar al Departamento Ejecutivo a dar cumplimiento a la legislación vigente, sin perjuicio de las facultades propias de cada órgano;
POR ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE ARRECIFES APRUEBA LA SIGUIENTE RESOLUCIÓN
Artículo 1º: Solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal que, con carácter inmediato, proceda a elevar a este Honorable Concejo Deliberante la propuesta de designación del Juez de Faltas Municipal, conforme lo dispuesto por el artículo 21 del Decreto-Ley 8751/77 (texto Ley 10.269).
Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, regístrese y archívese.








