El ministro de Economía, Luis Caputo, anunció que los municipios tendrán prohibido incluir impuestos en la facuturación de servicios esenciales como luz y gas.
“Ante reiteradas denuncias públicas sobre municipios que incluyen tasas locales en la facturación de servicios esenciales tales como la luz y el gas, la Secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía dispuso, a través de la Resolución 2024-267 que saldrá mañana en el Boletín Oficial, que a partir de 30 días no puede haber cargos de tasas en las facturas de los servicios”, publicó el ministro Caputo en su cuenta de X.
Según explicó, las facturas de servicios esenciales solo deberán contener de forma única y exclusiva la descripción y el precio correspondiente al servicio contratado por el consumidor, “quedando prohibido incluir cargos ajenos a la naturaleza del servicio”.
EN QUÉ AFECTA ESTO A LA MUNICIPALIDAD DE ARRECIFES
Durante la gestión como intendente de Gustavo Picoy (1999/2003), la Municipalidad de Arrecifes adhirió a la Ley 10740, por la que se dejó de cobrar a los vecinos de nuestra ciudad la Tasa por Alumbrado Público en la boleta conocida como ABL y se incluyó ese importe en la factura de EDEN que se recibe en los domicilios de los usuarios por consumo particular de electricidad.
Dicha ley establece que “las empresas prestadoras del Servicio Público de Electricidad, en la Provincia de Buenos Aires, deberán percibir, a solicitud y en representación de las Municipalidades, la Tasa por Alumbrado Público que éstas fijen en su jurisdicción, de acuerdo a la Ley Orgánica de las Municipalidades”.
A partir de ese momento, EDEN cobra el alumbrado público a sus clientes y luego le liquida ese dinero al Municipio.
Según la nueva resolución del Ministerio de Economía, en un plazo de 30 días esto quedará prohibido, debiendo eliminarse ese cargo en las facturas de EDEN y será la Municipalidad la que tenga que encargarse del cobro del servicio de alumbrado público.