Es a quienes violen la prohibición de realizar eventos públicos entre la 1:00 y las 6:00 AM.
El Gobierno de la Provincia habilitó a los municipios bonaerenses a aplicar fuertes multas a quienes violen la prohibición de realizar eventos públicos entre la 1:00 y las 6:00 AM.
Según datos del Ministerio de Salud provincial, las denominadas “fiestas clandestinas” o lugares nocturnos con mucha cantidad de gente en espacios cerrados fueron el principal factor de contagio de esta nueva ola de Covid-19.
El valor máximo de las multas corresponde a 500 sueldos básicos del Estado bonaerense, según el decreto ley que se tomó como marco. Equivale aproximadamente a unos $ 5.000.000 como tope.
Aplicación de las multas desde el municipio
Como la Provincia de Buenos Aires no tiene la competencia formal para cobrar estas multas en los distintos distritos, se habilitó la normativa para que tengan un marco legal para llevar adelante las multas y que los municipios implementen el cobro.