La Secretaría de Hacienda del Gobierno de Arrecifes, a través de su área de Comercio, recuerda que de acuerdo a lo indicado por el título IV, artículo 8º, inciso 3 de la Ordenanza Impositiva Vigente, y a fin de la liquidación de la Tasa de Seguridad e Higiene, será requisito indispensable presentar ante la Oficina de Comercio de esta Municipalidad:
-Formulario 931 (S.U.S.S.) de la AFIP (período 12/2013), a los efectos de corroborar que la cantidad de empleados declarados ante dicho organismo concuerden con los declarados ante este Municipio.
Muchas gracias.