El diputado provincial Marcos Di Palma acaba de presentar en la Cámara Baja un proyecto de solicitud de informes en el que le pide a la gobernadora María Eugenia Vidal que brinde explicaciones sobre los geriátricos habilitados en la provincia de Buenos Aires.
El legislador arrecifeño solicita al Poder Ejecutivo bonaerense que detalle sobre la fiscalización y los controles a los que están sometidos los hogares de cuidados de abuelos. En concreto, Di Palma pide precisiones sobre la cantidad de geriátricos registrados y habilitados; frecuencia con la que se llevan a cabo las inspecciones; los incumplimientos respecto a la cantidad de personal obligatorio de acuerdo con las camas habilitadas y al personal médico.
“Los hogares geriátricos son definidos como aquellos establecimientos destinados al albergue, alimentación, salud, higiene y recreación asistida de personas de la tercera edad de ambos sexos que están alojados en forma permanente o transitoria, gratuita u onerosa”, explica en los fundamentos el representante legislativo de la Segunda Sección Electoral.
La iniciativa de Di Palma radica en la proliferación de residencias geriátricas que incumplen con los requisitos provinciales y que en muchos casos ha motivado el cierre preventivo, luego de conocerse conocido maltratos, falta de higiene y de personal médico.
“Según se estima, cerca del 25 por ciento de los geriátricos de la Argentina no están habilitados. En la Provincia de Buenos Aires la situación no es buena”, aclara el diputado de Unidad Ciudadana que ingresó en diciembre pasado a la Cámara Baja.
El decreto 1190/2012, que deroga los artículos 69 al 96 del decreto 3280/1990 referido a los geriátricosestablece que los establecimientos deberán observar condiciones adecuadas de alojamiento, alimentación, higiene, recreación y atención médica para el bienestar y la comodidad de los residentes.
El mencionado decreto firmado por el entonces gobernador Daniel Scioli, también, exige que los hogares habilitados deben tener un “Libro de Ingresos y Egresos”, el que estará compuesto por hojas numeradas correlativamente, selladas y rubricadas por la Autoridad de Aplicación.
“Al momento del ingreso, el titular del establecimiento geriátrico asentará los datos personales del ingresante, su afiliación a obra social, las razones que determinan el ingreso, las enfermedades que padece, su médico de cabecera, personas de contacto, y cualquier otro dato de interés, debiendo acompañarse con copia del DNI, de la historia clínica actualizada y del carnet de afiliación a obra social”, precisa la normativa provincial.