La Municipalidad de Arrecifes nos envió una nota con fecha de este lunes 15 de diciembre con motivo de realizar aclaraciones respecto de la entrevista que se le efectuó al concejal Sebastián Reigosa el pasado viernes en Radio Zero (100.3).
El citado escrito, firmado por los funcionarios de la Secretaría de Hacienda, contadores públicos María de los Ángeles Peralta, Juan Cruz Bahillo y Graciela Melillo, sostiene:
“La obra Nueva Escuela Secundaria y culminación del Sector de Pediatría del Hospital Municipal, incluidas en el proyecto de ordenanza de Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos para el período fiscal 2015, como correctamente expresó el Sr. Intendente Municipal Dr. Daniel Néstor Bolinaga, se llevarán a cabo con recursos municipales ordinarios. Por cuanto los recursos de coparticipación, Ley 10.559, son fondos que por la citada corresponden al municipio, si bien ingresan con la denominación de distintos rubros por ejemplo ‘Educación, Ciencia y Tecnología, Fondo Solidario Provincial, Fondo Compensador de Obras Viales, Fondo de Fortalecimiento de Programas Sociales, Fondo de Fortalecimiento de Recursos Municipales, Fondo Municipal de Inclusión Social’, entre otros.
Estos fondos provenientes de la coparticipación, en conjunto con los ingresos por recaudación de tasas, derechos y demás contribuciones municipales, son los que conforman el Cálculo de Recursos del Municipio, que año a año trata el Honorable Concejo Deliberante, en virtud del proyecto que formula el Departamento Ejecutivo.
Por lo antes mencionado, como responsables del área competente en la confección del Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos en conjunto con el Intendente Municipal, se ha dispuesto en el Presupuesto 2015 la realización de las obras antes mencionadas con recursos propios y genuinos obtenidos mediante una administración moderada y austera de los fondos por más de dos años.
En virtud de lo expuesto, y para brindar la información correcta a los vecinos, ratificamos que se trata de fondos propios, provenientes de la coparticipación que por ley, derechos, funciones y responsabilidades corresponden a la Municipalidad de Arrecifes, al igual que los recursos que disponen los restantes 134 distritos de la provincia de Buenos Aires.
Por último es necesario señalar que la remisión de deuda a la cual se refiere el concejal Reigosa, se encuentra establecida en el Decreto-Ley Nº 6769/58, Ley Orgánica de las Municipalidades. ‘Artículo Nº 56: Para las transferencias a título gratuito o permuta de bienes de la Municipalidad, se necesitará el voto de los dos tercios del total de los miembros del Concejo…’
Es necesario aclarar que este tipo de beneficios son válidos cuando se trata de una organización de carácter social (Doctrina Honorable Tribunal de Cuentas).
Técnicamente hablando, es a lo que se refiere el proyecto de ordenanza enviado por el Departamento Ejecutivo Municipal, ya que se trata de un Crédito incluido en los rubros de Activo de la comuna, y es competencia, atribución y deber indelegable del Honorable Concejo Deliberante su tratamiento.
En lo que respecta a la determinación de la misma, fue realizada por la Secretaría de Hacienda del Municipio y la cual se encuentra descripta en forma detallada en los considerandos del decreto Nº 413/14 que fuera oportunamente enviado al Honorable Concejo Deliberante, deuda que asciende a $ 8.794.833,13.
Como acertadamente en reiteradas oportunidades señaló el Intendente, es facultad exclusiva del Departamento Ejecutivo Municipal y de las áreas competentes, por lo tanto el HCD no tiene injerencia alguna sobre la determinación de la misma.
Aprovechamos la oportunidad para agradecerle la difusión de la presente, que tiene por único objetivo desde esta Secretaría de Hacienda informar a la población, sin ánimos de entrar en debates o polémicas sobre el tema”.
CPN María de los Ángeles Peralta – Secretaria de Hacienda
CPN Juan Cruz Bahillo – Director de Gestión Administrativa y Control Presupuestario
CPN Graciela Melillo – Contadora Municipal