La semana pasada, la Municipalidad de Arrecifes informó que “el intendente Javier Olaeta se reunió con el presidente del bloque de concejales de Juntos por el Cambio, Martín Reddy, a los efectos de evaluar posibles soluciones a las distintas situaciones que se observan los fines de semana durante el horario nocturno”.
En ese sentido, el Municipio dijo que acordó con Reddy “la elaboración de un proyecto de Ordenanza para brindar herramientas al Departamento Ejecutivo que permitan evitar estas problemáticas”.
Cabe destacar que ya existen ordenanzas municipales y leyes provinciales y nacionales que no se aplican. Y que más que nunca Arrecifes tiene la posibilidad de hacerlo (y la obligación), puesto que cuenta con la Policía Comunal bajo el manejo del Intendente.
EL PROYECTO
Como resultado de la promocionada reunión, el bloque de Juntos-UCR presentó un nuevo proyecto de ordenanza en el Concejo Deliberante obligando a “los establecimientos comerciales que permanezcan abiertos en horario nocturno, fuera del horario normal y habitual de atención al público, que tengan una importante concurrencia de personas, a contar con servicio de seguridad pública o privada que garantice el orden público dentro del establecimiento y en la zona aledaña al mismo”.
¿Qué debería hacer un privado “encargado de la seguridad” ante incidentes en la calle? ¿Detener a las personas? ¿Con qué atribución? ¿Y con qué herramientas?
De una lectura rápida de este proyecto surgen varias inconsistencias:
- ¿Qué horario es el “normal y habitual” de atención al público? Eso depende de la actividad comercial que se desarrolle. Por ejemplo, para los bares, “normal y habitual” es la noche y la madrugada. De todos modos, no se especifica.
- ¿Cuánto es una “importante concurrencia de personas”? ¿Cincuenta, cien, quinientas, mil, más de mil? Por ejemplo, para un bar cien personas serían pocas; pero para la panadería de Avenida Merlassino donde habitualmente se generan disturbios, cincuenta sería un montón.
- ¿Cuál sería “la zona aledaña?” ¿Media cuadra? ¿Una cuadra? ¿A la vuelta también o a la vuelta no? Cuando hay dos bares juntos o cercanos, ¿habría que establecer una especie de división política como en los mapas, o límites territoriales?
- Lo más importante e increíble de este proyecto, imposible de aprobar, es que el Estado municipal delegue en particulares la seguridad en la vía pública, y que encima los obligue a cumplir con este servicio bajo apercibimiento de “multas o clausuras”, como detalla el mismo proyecto.
De acuerdo a la Constitución Nacional la seguridad es un deber indelegable del Estado, Está escrito. La CN repartió las potestades entre el Gobierno Nacional y las provincias, para que no haya superposición de decisiones y contradicciones entre las que adoptan las autoridades nacionales y las locales. En nuestro caso, en esa “cadena” con la que puede representarse a la seguridad que la gente necesita para vivir, cada eslabón es responsabilidad de un diferente nivel de autoridad. La prevención corre por cuenta de las provincias, que a su vez pueden delegar esa potestad en sus municipios. Jamás en particulares.
Si la solución encontrada por nuestras autoridades municipales para el problema de la nocturnidad es que los privados se hagan cargo, y con un proyecto claramente anticonstitucional, estamos en mayores problemas aún.