Buscando “aliviar la situación cotidiana de un sector en situación de vulnerabilidad”, la Municipalidad de Arrecifes creó el Programa Municipal de Servicios Sociales y Comunitarios, brindándole asistencia económica a las personas más necesitadas, a cambio de trabajo comunitario.
El proyecto de ordenanza presentado por el Departamento Ejecutivo fue aprobado en el Concejo Deliberante y resta el anuncio de su implementación efectiva.
Este programa tiene una duración de dos años (12 meses más una prórroga de otros 12) en carácter de beneficio social complementario, abonándose cada 15 días o en su totalidad de manera mensual, según establece la ordenanza.
Pueden acceder al mismo arrecifeños de entre 18 y 65 años, con domicilio establecido en nuestro distrito, y con disposición a la realización de tareas como:
-Cuidados y servicios socio-comunitarios.
-Reciclado y servicios ambientales.
-Construcción, infriestructura social y mejoramiento barrial, habitacional y/o de espacio público.
-Mantenimiento de espacios públicos y/o de edificios y/o instalaciones municipales.
En tanto, quedan excluidos de este beneficio, quienes:
a) Posean empleo fomal registrado.
b) Sean titulares de cualquier tipo de establecimiento comercial abierto al público como propietario, arrendatario, usuffuctuario u otro concepto análogo, así como con la titularidad de cualquier tipo de explotación agrícola o ganadera.
c) Sean titulares de más de 1 bien inmueble.
d) Sean titulares de un automotor cuya antigüedad sea menor a 10 años.
e) Perciban pensiones o prestaciones del Sistema de la Seguridad Social, mutualidades de previsión o de cualquier otro sistema público de protección.
0 Perciban prestación o subsidio por desempleo reconocido por pérdida de un empleo a jornada completa.
INSCRIPCIONES
Tras la promulgación de la ordenanza por parte del Departamento Ejecutivo, los titulares del programa serán inscriptos, a partir de su conformación, en el Registro Municipal de Servicíos Comunitarios y Sociales.
La Secretaria de Salud y Acción Social será la encargada de establecer la metodología de inscripción de los titulares y resolverá en el plazo de 90 días los mecanismos para la puesta en funcionamiento del citado registro.