Luego de poco más de seis meses de debate, los jueces del Tribunal Oral N° 7 condenaron al exministro de Planificación, Julio De Vido, y a su número dos en esa cartera, Roberto Baratta, por la coautoría del delito de administración fraudulenta agravada. También los condenó a las penas de cuatro años, y de tres años y seis meses respectivamente por la responsabilidad de ambos en la compra de Gas Natural Licuado con sobreprecios durante la primera presidencia de Cristina Fernández de Kirchner.
En ese sentido, los jueces Enrique Méndez Signori, Germán Castelli y Fernando Canero también condenaron a Nicolás Dromi San Martino, director ejecutivo y apoderado de la consultora Diligentia S.A. a la pena de tres años de prisión en suspenso por considerarlo partícipe necesario de dicha maniobra.
Dromi San Martino fue quien actuó como intermediario de Energía Argentina S.A. (Enarsa), que tuvo como titular a su padre, José Roberto Dromi y a Exequiel Omar Espinosa, y también fue intermediario de las firmas, Morgan Stanley, Gas Natural Aprovisionamientos SDG, y Gas Natural Fenosa. Tanto Dromi padre como Espinosa fueron procesados y enviados a juicio pero la acción penal quedó extinta por el fallecimiento de ambos.
Por otra parte, los magistrados del TOF 7 dispusieron la inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos de Julio De Vido y Roberto Baratta. El tribunal dio por probado que el manejo de ambos exfuncionarios en 2009, durante la adquisición de 11 buques con GNL con fondos públicos, fue transgrediendo la normativa para la contratación pública, lo que le generó un millonario déficit millonario al erario estatal por más de más de 5 millones y medio de dólares.









