La Secretaría de Hacienda del Gobierno de Arrecifes informa que de acuerdo a lo prescripto por Título IV, Art. 8º, Inc. 3 de la Ordenanza Impositiva Vigente, y a fin de la liquidación de la Tasa de Seguridad e Higiene, será requisito indispensable presentar ante la Oficina de Comercio de la Municipalidad:
• Formulario 931 (S.U.S.S.) de la AFIP (período 12/2012) a efectos de corroborar que la cantidad de empleados declarados ante dicho Organismo concuerden con los declarados ante este Municipio.
En caso de no presentarlo, se liquidará la tasa computando el máximo de empleados correspondiente a cada rubro.